Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Decreta EL Sobreseimiento de la presente causa seguida contra personas desconocidas por la presunta comisión del delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 453 del código penal en perjuicio de Duber José Núñez, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 1° del código orgánico procesal penal. Notifíquese.