este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, una vez hechas estas consideraciones este Tribunal estima procedente la solicitud del imputado, la defensa a la cual no ha hecho oposición el Ministerio Publico, por ande este Tribunal DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en el artículo 43, 313 numeral 8, 359, 367, 368, todos del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado: WUILMER JOSÉ RATIA CORDOVA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.420.567, de 35 años de edad, natural de Cumaná, Estado Sucre, Fecha de Nacimiento 08/05/1978, de oficio albañil, casado y residenciado en Guaranache, Parroquia San Juan, Sector 3, casa S/N, frente a la escuela "Bolivariana Santa Martha", Cumaná Estado Sucre, teléfono 0416-4690318, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISÍCA, previsto y sancionado en el artículo 4.....