PARTE DEMANDANTE: MARIO CRUCES Y SOLANGE DEL CARMEN RONDON DE CRUCES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-24.130.343 y V-5.698.827, respectivamente, representado judicialmente por los abogados en ejercicio FERNANDO LOPEZ e YVAN SALAZAR, abogados en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 91.756 y 91754, carácter que consta del poder Apud Acta de fecha cuatro (04) de febrero de 2016, inserta a los folios 56 y 57).