Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, EJECUTA la sentencia dictada en dictada en fecha 22 de Noviembre de 2012, por el Tribunal Segundo de Juicio de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a LUÍS DAVID CARREÑO GIL, Venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.189.717, nacido en fecha 24-06-1989, de 24 años de edad, de oficio Taxista, hijo de Luís Carreño y Rosa de Carreño, y Residenciado en la calle principal de 22 de Agosto, Casa Nº 92 Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS y CUATRO (04) MESES DE PRISION, mas las Accesorias de Ley, Robo Agravado en Grado de Complicidad, previsto y sancionado en el artículo 458 concatenado con el artículo 84 ordinal 3º en su primera parte del Cód.....