Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA a los ciudadanos Emmanuel Edgardo Velásquez Bello, venezolano, de 20 años de edad, de profesión u oficio deportista, nacido el 01-05-86, titular de la Cédula de Identidad N° 17.955.464, hijo de Virginia Bello y Pedro Velásquez y domiciliado en la Avenida Circunvalación Sur, Sector Virgen del Valle, Casa N° 56, en la entrada del Paraíso, Carúpano, del Estado Sucre; a cumplir la pena de once (11) años y cinco (05) meses de prisión, más las accesorias de Inhabilitación política, por el tiempo que dure la pena principal y la sujeción a la vigilancia a la autoridad por una quinta parte del tiempo que dure la pena; por la comisión de los delitos de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 406 ordi.....