Dadas las consideraciones que preceden, este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de JOSÉ NATIVIDAD MENESES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.596.727, nacido en fecha 20/11/1.977, de 33 años de edad, soltero, sin oficio definido, y residenciado en el Barrio las Palomas, sector los apartamentos, calle principal, casa S/N, Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de DAÑOS A LA PROPIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 473 del Código Penal, en perjuicio de RAFAEL JOSÉ GONZÁLEZ; en virtud de a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad para el Ministerio Público de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay base para solicitar fundada.....