Por las consideraciones antes expuestas, éste Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 64 literal b, 66 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, otorgar la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena consistente en DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado Luis Enrique Vásquez Gil, venezolano, de 33 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 12.739.427, nacido en fecha 17-11-76, soltero, de Oficio Vigilante, Hijo de Manuel Quintín Vásquez Miguelina Gil Vásquez y Residenciado en Calle Urica hacia el río, casa S/N, a 20 metros del liceo Pedro José, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a cumplir la pena de Seis,(6), años de Prisión, más las accesorias de Inhabilitación política por el tiempo que dure la pena principal,.....