Por los razonamientos antes expuestos es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: La DECLINATORIA DE COMPETENCIA de la presente causa al Juzgado Cuarto Militar del Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el ciudadano JHOANKLIN JOSE JIMENEZ HIDROGO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-19.980.094, de 23 años de edad, nacido en esta ciudad de Cumaná en fecha 02/05/1989, soltero, de oficio mecánico, hijo de de los ciudadanos OMAR HERRERA Y NORELIS JIMENEZ, residenciado en la Urbanización Manuela Saenz, Calle Libertador, casa s/n, cerca de la Bloquera de JAIME LOS CACHOS, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, teléfono 0424-8409741, en virtud de que este se encuentra requerido por el Juzgado Cuarto M.....