Este Tribunal Tercero de Juicio del Trabajo del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE en razón de la materia, y no existiendo superior común entre ambos tribunales se ordena remitir el mismo, al Tribunal Supremo de Justicia y en razón de que JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, se DECLARO INCOMPETENTE es por lo que de conformidad con el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil se solicita de oficio la regulación de Competencia, en razón de plantearse el presente conflicto negativo. Se ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal Supremo de Justicia en sala plena por no haber un Superior común. Líbrese Oficio a los fines consiguientes. Cúmplase.
La Juez
Abg. JHINEZKHA DUERTO VASQUEZ