éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida a RAUL MARCELINO MARCANO GONZALEZ Y LUIS DANILO ROSALES VEGAS por la existencia del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2° del Código Penal, en perjuicio de LUIS DANILO ROSALES VEGAS, FLOR DE ROSALES, DATERLIN NOEM ROSALES, DEIKER ALEJANDRO ROSALES Y ADAN NOE BASTIDAS, por EXTINCION DE LA ACCION PENAL POR PRESCRIPCIÓN, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 48, numeral 8° y 324 ejusdem, y 108 numeral 5° del Código Penal, por estar llenos los requisitos de ley. Se estima que no es necesario fijar audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición. En conformidad con el artículo 323.....