Este Tribunal Tercero de Control, en presencia de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de La Ley, decreta medida cautelar sustitutiva a los imputados: RONALD LUÍS FAJARDO DÍAZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.936.394, natural de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, soltero, nacido en fecha 04/04/1984, de 29 años de edad, de profesión u oficio Obrero, hijo de padres desconocidos, residenciado en: Avenida Cancamure, Calle Villa Romana, Segunda calle, casa S/N, cerca del Hotel Villa Romana, Cumaná Estado Sucre y ANTHONY JOSÉ MATA CASTILLO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-20.574.451, natural de Cumaná Estado Sucre, soltero, nacido en fecha 03/10/1990, de 22 años de edad, de profesión u oficio Moto Taxista, hijo de los ciudadanos Mary Cruz Castillo y Antonio Mata, residenciado en: La Urbanización La Llanada, sector 03, vereda 32, casa Nº 02, Cumaná, Estado Sucre, cerca de la Casa Comunal, por la presunta comi.....