Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SE ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana abogada DAYANNA BRITO, Fiscal Auxiliar Décima del Ministerio Público, con Competencia en Materia para la Defensa de la Mujer, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, contra la decisión dictada en fecha 13 de Julio de 2012, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná; mediante la cual Condenó por el procedimiento de admisión de hecho, al ciudadano RAÚL ANTONIO CAMPOS CAMPOS, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Sobre Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciud.....