este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del imputado Rubén Jesús Ramírez, venezolano, natural de Guiria, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 28.583.366, nacido en fecha 22-07-1991, de 21 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Rudy Díaz y Julitza Ramírez, y residenciado en el Sector Las Malvinas, Calle Principal, Casa Nº 10, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre; por la comisión del delito de Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en concordancia con el artículo 9 de la Ley de Armas y Explosivos, en perjuicio de El Estado Venezolano, en virtud de haber operado la Extinción de la Acción Penal, por cum.....