DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de Hecho y de Derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado RICHARD ALEXANDER MATA LOPEZ, venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez, de 25 años de edad, nacido en fecha 08-12-1.986, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 17.730.081, de oficio obrero, hijo de Carmen Amelia López y Eglis Mata y residenciado en: Sector Sol Paraíso, Por donde queda el aeropuerto, Calle Simón Bolívar, Casa S/N, en la misma calle del Simoncito; Guiria, Municipio Valdez, del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos Violencia Psicológica y Violencia Física, previstos y sancionados en el artículo 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una vida Libre de Vio.....