este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Constituida la Fianza, y se Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, Bajo Caución Económica al imputado Carlos Alberto Díaz Salas, venezolano, natural de El Pilar, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.880.744, nacido en fecha 14-03-1969, de 44 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio ebanista, hijo de Felipe Díaz y Mercedes Salas, y residenciado en la Calle Beaupertuy, Casa S/N, al lado de los Bomberos, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre; quien deberá cumplir con las condiciones impuestas por éste Tribunal en la causa penal que se les sigue, por estar incurso en la presunta comisión del delito de Actos Lascivos Agravados, previsto y sancionado en el.....