este TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, del ciudadano JOSÈ ÀNGEL YEGUEZ CABEZA, Venezolano, natural de esta ciudad, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.065.771, de estado civil soltero, nacido en fecha 08-02-1992, Hijo de Fernanda Cabeza y Àngel Yeguez, oficio albañil, y residenciado en el Sector La Lomas de Guaracayar, Casa S/Nº, Municipio Bolívar del Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 Numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 243 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Oficio al destacamento de la Policía del Estado Sucre, adjunto a boleta de libertad. Se acuerda la libertad de los imputados de autos, desde la misma Sala de Audiencias. Se acuerda seguir la causa por el procedimiento ordinario. Se acuerda .....