Este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, Administración Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: oficiar a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná, Estado Sucre, sitio actual de reclusión del prenombrado penado, para que realice las diligencias conducentes ante el Ministerio del Interior y Justicia, para que sea trasladado hasta el Internado Judicial de la Región Insular, Estado Nueva Esparta, al ciudadano penado LUIS GUILLERMO GONZALEZ, Venezolano, de 20 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.696.400, residenciado en la Población de Chacopata, calle Alí Primera, Casa S/N, Estado Sucre, Municipio Cruz Salmeron Acosta, dicho traslado se realizara tomando las estrictas medidas de seguridad, una vez que conste en la causa el traslado solicitado, este tribunal proveerá por separado la remisión del presente exhorto hasta la Unidad de Ejecución del Circuito Judicial del.....