este Tribunal Tercero de Control, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la solicitud Fiscal y en consecuencia adopta las siguientes PRIMERO: VISITAS DOMICILIARIAS Y RECORRIDOS POLÍCIALES PERMANENTE A CARGO DE FUNCIONARIOS DE LA POLICÍA DEL ESTADO SUCRE, para el ciudadano JOSÉ GREGORIO OTAMENDIZ RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 22.843.116, de este domicilio y su grupo familiar, en su domicilio ubicado la Calle La Planta, Casa Nº 207, Santa Fe, Parroquia Raúl leoni, Municipio Sucre Estado Sucre; SEGUNDO: las VISITAS DOMICILIARIAS Y RECORRIDOS POLÍCIALES PERMANENTE deberá ser efectuado por de funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, de Santa Fe, Estado Sucre, TERCERO: las VISITAS DOMICILIARIAS Y RECORRIDO POLÍCIAL PERMANENTE acordadas tendrá una duración de 6 meses los cuales podrán ser prorrogados a solicitud del Fiscal Superior del Ministerio Público. CUARTO: Imponer .....