Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 11 de Julio de 2013, por el Tribunal Primero de Juiciode esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a ARGENIS JOSE BERMUDEZ, Venezolano, natural de Carúpano, Titular De La Cedula De Identidad Número V- 21.010.992, nacido en fecha 21-11-86, de 26 años de edad, hijo de Héctor López y Argenia Bermúdez y con domicilio en: Brisas del Carmen, calle Principal, Casas S/N, por la Escuela, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTE DEL HURTO O ROBO DE VEHÍCULO, prevista en el artículo 09 de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, todo de conformidad .....