el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA en la investigación iniciada por ese despacho en fecha 25/04/2012 donde figura como imputado el ciudadano ELIGIO CARABALLO y como Victima la ciudadana ELBA ROSA ROMERO DE CARABALLO, cedula de identidad número 14.420.614, en virtud que el hecho investigado por la Fiscalía del Ministerio Público, no puede subsumirse en ningún tipo penal y en consecuencia no puede dar lugar a una reacción jurídico-penal.