DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Acuerda: Negar la Orden de Aprehensión Judicial, solicitada por la Fiscal Auxiliar Quinta Comisionada Encargada del Ministerio Publico con Competencia en el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Penal Ordinaria), del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en contra del ciudadano Héctor Vidal Manzaneda Sánchez, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.516.560, nacido en fecha 18-04-1970, de 42 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinida, y residenciado en el Sector Vivienda Rural, Primera Calle, Casa S/N, Playa Grande, Parroquia Bolívar, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estad.....