el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada por denuncia de las ciudadanas NORELVA JOSEFINA DE MENDOZA, venezolana, titular de la cédula de identidad n° 10.223.435, residenciada en la Urbanización Fe y Alegría, Sector 03, Callejón Bolívar, casa n° 12, Parroquia Altagracia, Municipio Sucre, Estado Sucre, y la ciudadana JOSELINE COROMOTO RODRIGUEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad n° 14.047.927, residenciada en la Urbanización Fe y Alegría, Sector 03, Callejón Bolívar, casa n° 12, Parroquia Altagracia, Municipio Sucre, Estado Sucre; por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, donde aparece como imputada la c.....