Este Tribunal Quinto de Control, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Niega la solicitud hecha por el defensor Privado, en el asunto seguido al Imputado: JOSÉ GREGORIO FIERO FIERO, venezolano, natural de San Félix Estado Bolívar, de 40 años de edad, nacido el 20/08/1970, de profesión u oficio Chofer, de estado civil: casado, titular de la cedula de identidad 11.511.749, hijo de: Irene Fiero y Julio Marcano, y residenciado en: puerto la Cruz Vía el rincón calle las flores, casa N° 33, sector Putucual, Puerto la Cruz , estado Anzoátegui, de numero de teléfono: 0424 8691930 y 0281 3381378, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO previsto y sancionado en el artículo 409 del código Penal Vigente, en perjuicio de los adolescentes: OMISIS, manteniendo de esta manera la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, decretada por este Tribunal, debiendo permanecer presentándose por ante este Algu.....