En consecuencia, Este Tribunal Tercero De Primera Instancia Municipal Y Estadal En Funciones De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia En Nombre De La República Y Por Autoridad De La Ley, declara Con Lugar la solicitud fiscal y en consecuencia DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor del ciudadano MANUEL ARQUIMEDES YEGUES BLANCO, Venezolano, natural de Cachamaure, nacido en fecha 11-03-72, de 41 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.506.308, de estado civil soltero, de profesión u oficio Soldador, residenciado en Cachamaure, calle el Cerro, frente al Restauran Doña Flor, Municipio Mejía del Estado Sucre, en investigación iniciada por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Constitución de la República, y 229 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la .....