Por las consideraciones antes expuestas, éste Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: De conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 64 literal b, 66 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, Otorgar: La Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena consistente en Destacamento de Trabajo, al Penado: MAGNO JOSÉ RUIZ SALGADO, venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 23.701.258, fecha de nacimiento 25/04/90, mayor de edad, de profesión u oficio agricultor, hijo de Bonal Ruiz y Josefa Salgado, y domiciliado Calle Monagas, Casa Nº 48, cerca del Gimnasio Público, Irapa Municipio Mariño, Estado Sucre, quien fue condenado a cumplir la pena de Diez (10) años y Diez (10) meses de Prisión, más las Accesorias de Ley, por la comisión de los delitos .....