Este Tribunal Quiinto de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley ACUERDA: LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano JESUS MANUEL YANEZ CEDEÑO, venezolano, de 20 años de edad, nacido el 07-11-1992, titular de la cédula de identidad Nº 24.626.775, natural de Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, residenciado en el caserío Río de Santiago, calle Principal, casa S/n, Municipio Arismendi del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO AGRAVADO, con alevosía por motivos fútiles e innobles, previsto y sancionado en el Articulo 407 ordinal 1º del Código Penal, cometido en perjuicio del hoy occiso VICTOR JOSÉ YANEZ CEDEÑO, por los hechos ocurridos en fecha 21-09-2011, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250 numerales 1, 2 y 3; 251, numerales 2 y 3 ; y 252, numeral 2, todos del Código Orgánico Proc.....