Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del ciudadano ANGEL YRINEO GÓMEZ, venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez, de 34 años de edad, nacido en fecha 28-06-78 , de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Número V- 14.611.358, de oficio soldador, hijo de Teofilo González y Leoncia Fidelina Gómez, y residenciado en: Bohordal, Calle Principal, casa sin numero, cerca de la capilla y el comando de Guardia, Yaguaraparo, Municipio Cajigal, del Estado Sucre, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana NIEVES EMERITA MATOS DE WEEDEN, imponiéndole las siguientes condiciones por el plazo d.....