DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero en Función de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, efectuada la revisión correspondiente conforme al artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, estima pertinente en la presente causa, a los fines de garantizar las finalidades del presente proceso, declarar SIN LUGAR la pretensión del Defensor de Confianza, Abogado JOSE AZOCAR, y en consecuencia, RATIFICAR LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD impuesta en contra del acusado ANTONIO JOSE RAUSSEO, cédula de identidad Nº 15.882.393 natural, de Cumaná, nacido en fecha 12/06/1982, de 28 años de edad, soltero, residenciado en calle buena vista, cruce con blanco bombona, casa sin número, Cumaná, Estado Sucre, a quien le atribuyó presunta participación en la comisión de los.....