este Tribunal PRIMERO de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA procedente la Solicitud realizada por la Abg. YAMILET DELAGDO GARCIA, Fiscal Décima del Ministerio Público, para que el ciudadano, JAIRO RIVAS, residenciado en la Urb. Los Chaguaramos, casa sin numero detrás de la Urb. San Miguel, de esta ciudad de Cumana Estado Sucre, a los fines de ser conducido por la fuerza pública, con el resguardo de sus derechos y garantías constitucionales, el día 14 de Junio del 2012 a las 9:00 AM, hasta la sede de la Fiscalía Décima del Ministerio Público, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal,