este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumanà, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la causa, para el ciudadano RAMON ANTONIO BARRETO SALAZAR venezolano, menor de edad, titular de la cedula de identidad Nª.20345831 sin mas datos de identificación, por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES , previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal en perjuicio de xxxxxxxx, venezolano, menor de edad, titular de la cedula de identidad Nª.16997845 sin mas datos de identificación, por extinción de la acción penal por prescripción; todo ello, conforme a lo establecido en el numeral 3 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 49 numeral 8 ejusdem.