En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO SEPARADO, interpuesta por la ciudadana ARVELIS JOSEFINA VILLARROEL, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.859.750, contra el ciudadano GILBERTO JOSE ROSARIO LOPEZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.951.724, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura del Municipio Puerto Santo, Estado Sucre, en fecha Diez (10) de Octubre del año Mil Novecientos ochenta y cinco (1985), tal como consta en Acta de Matrimonio N° 15.-
Definitivamen.....