En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara actualizado el cómputo en la presente causa seguida al adolescente XXXXXXXXXXX, quien debía cumplir un (01) año diez (10) meses y ocho (08) días de la sanción de Reglas de Conducta por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto en el artículo 460 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, cometidos en perjuicio de los ciudadanos XXXXXXXXXXX, XXXXXXXXX, XXXXXXX, XXXXXXXXX y XXXXXXXX, donde se determino que ha cumplido un (01) año cuatro (04) meses y trece (13) días de reglas de conducta y aun le falta por cumplir cinco (05) meses y veintidós (22) días. Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Fuerza Va.....