este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del Imputado José Ángel Osuna Rivera, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.062.710, nacido en fecha 22-07-1979, de 34 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Teresa Rivera y José Osuna, y residenciado en la Urbanización Charallave, Cuarta Vereda, vía Los Almendrones, Quebrada de Carata, Casa S/N, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de: Violencia Psicológica, Amenaza y Violencia Física, previstos y sancionados en los artículos 39, 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violenc.....