Este Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR, la solicitud plateada por el Ministerio Público y en consecuencia DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial de Libertad en contra de los imputados OCTAVIO JOSE MATA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.313.649, de 32 años de edad, soltero, agricultor, natural y residenciado en el caserío Maturincito, Municipio Mejía del Estado Sucre, nacido en fecha 14/07/1980, y, JOEL JOSÉ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.124.920, de 33 años de edad, soltero, obrero, natural y residenciado en el Barrio San Francisco de Mariguitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre, en perjuicio de ellos mismos, medida consistente en: 1) Presentaciones cada treinta (30) días por el la.....