Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño, Niñas, Adolescentes y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la Sentencia dictada en fecha 23 de Octubre de 2.012, por el Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En consecuencia
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la Interdicción de la ciudadana NIEVE JOSEFINA MANOSALVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 28.401.144.
SEGUNDO: Se nombre como TUTOR DEFINITIVO de la ciudadana NIEVE JOSEFINA MANOSALVA, a su sobrina ELEINIS DEL VALLE LANDAETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.979.658.
Se deja expresa constancia que la presente decisión ha sido dictada dentro del .....