REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, catorce de enero de dos mil veintiseis
215º y 166º
ASUNTO : SP01-L-2025-000089
En el día de hoy miércoles 14 de enero de 2026, siendo las nueve de la mañana (09:00 a. m.), fecha y hora fijada para la celebración de la Audiencia de Juicio Oral, Publica y Contradictoria, en la demanda incoada por el ciudadano GAUDY DE JESUS CHOURIO PIRELA, venezolano, titular de la cédula de identidad número V-17.071.639, en contra de la ciudadana KERLYS NACARID ALVAREZ ESCALONA, venezolana, titular de la cédula de identidad número V-12.076.054, propietaria de la Finca Villa Gisela, representada por su apoderada judicial abogada LEDA BRIGGITT PATIÑO ROZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 251.724, por cobro de prestaciones sociales y otros derechos laborales. El ciudadano Juez que preside este Tribunal declara abierta la Audiencia de Juicio, solicitando al Secretario que anuncie el acto y verifique la presencia e identidad de las partes. A continuación, el Secretario a viva voz anunció el acto y dejó constancia de la incomparecencia del ciudadano GAUDY DE JESUS CHOURIO PIRELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.071.639, parte demandante, de igual manera se deja constancia de la presencia de los abogados defensores públicos FRANK MISHELL CUENCA MONTAÑEZ y LYN MAYTE ALVAREZ CHACON, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 98.077 y 179.681, respectivamente; y por la parte demandada, se encuentra presente la abogada LEDA BRIGGITT PATIÑO ROZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 251.724. En este estado, vista la incomparecencia del demandante y que la representación de los defensores públicos no se encuentra acreditado a través de Poder, es forzoso para este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, DECLARAR el desistimiento del presente procedimiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
El Juez,
Abg. Leandro David Rosal Villamizar
Secretario Judicial
Abg. Richard Anderson Castillo
Defensores Públicos
Apoderada Judicial de la parte Demandada
|