REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO QUINTO (5º) SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
ASUNTO: AP21-R-2025-000368
ASUNTO PRINCIPAL: AP21-L-2024-001314
PARTE ACTORA: JAIRO JHONSSON LUNA ORDOÑEZ, venezolano, mayor de edad, de esta domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-25.252.543.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA NO RECURRENTE: FREDDY RAMÓN BORGUES, JOSÉ GREGORIO FAJARDO, ÁNGEL ROJAS y ROXANA SANDEZ, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 124.830, 95.909, 88.662 y 76.674, respectivamente.
PARTE DEMANDADA RECURRENTE : INVERSIONES SKY 44, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 17, Tomo 10-A, de fecha 29 de enero de 2020.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA RECURRENTE: MARIELA CABRERA CONDE, FREDERICK CABRERA CONDE, LUIS JOSÉ LÓPEZ MEDRANO, NORBERTO RAFAEL SALINAS, PEDRO JOSÉ SANTAELLA NUÑEZ y ANDREA CECILIA LUGO GUTIERREZ, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 79.820, 70.526, 64.017, 232.912, 110.483 y 125.458, respectivamente.
MOTIVO: Recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos LUIS LÓPEZ y JOSÉ FAJARDO, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada y actora, respectivamente, contra el dispositivo del fallo de fecha 15 de julio de 2025 y la sentencia de fecha 06 de agosto de 2025, en ese orden, dictadas por el Juzgado Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; las cuales se oyen en ambos efectos en fecha 03 de octubre de 2025.
ACTA
En el día de hoy, martes veinte (20) de enero de dos mil veintiséis (2026), siendo las ocho y cuarenta y cinco de la mañana (08:45 a.m.), día y hora para que tenga lugar la lectura del dispositivo del fallo en la presente, se deja constancia que las partes manifestaron al Tribunal haber llegado a un acuerdo, motivo por el cual fue suspendido el dispositivo del fallo fijado en la presente causa, levantándose la presente acta en el Despacho del Tribunal, estando presente el ciudadano JAIRO JONSON LUNA ORDOÑEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-25.252.543, parte actora, estando debidamente asistido de su apoderado judicial, ciudadano JOSÉ GREGORIO FAJARDO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.909, por una parte, por la otra, se encuentra presente el ciudadano NESTOR BLANCO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 84.400, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada. En este estado, las partes dejan constancia de haber llegado a un acuerdo en la presente causa, el cual asciende al monto de MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (US$ 1.500,00), el cual se cancelará en moneda del curso legal, conforme a la tasa fijada para el momento por el Banco Central de Venezuela; pagaderos en dos partes (US$ 750,00 c/u), la primera el día lunes 26 de enero de 2026 y la segunda el día viernes 27 de febrero de 2026, dejando constancia que con el presente acuerdo se honran todos y cada uno de los conceptos reclamados en la presente causa y que se dan por reproducidos en este acto, conforme a lo explanado en el libelo de la demanda. En este sentido, el Tribunal le imparte su aprobación y HOMOLOGA este medio de autocomposición procesal en los términos expuestos por las partes, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Las Trabajadoras y los Trabajadores, concatenado con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y 1.713 del Código Civil. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ
ABG. HÉCTOR MUJICA RAMOS
EL ACTOR Y SU APODERADO
EL APODERADO DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. YISEL ORDOÑEZ
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