REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 19 de Enero de 2026.
215° y 166°
Exp. N° 17.938.
DEMANDANTE: Abogadas: LIDIA MARISELA MENDEZ INDRIAGO y ANGELICA MARIA PANTE BRAVO, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 213.301 y 213.299, respectivamente, en representación de la ciudadana: MARIBEL DEL VALLE MEDINA LA ROSA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.952.882.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyeron.
DEMANDADO: FRANCISCO MUÑOZ OBANDO, titular de la Cédula de Identidad No: 5.907.312
APODERADO: Abogado: JOSE LUIS MEDINA SUBRE, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.360.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyo
MOTIVO: ACCION REINVINDICATORIA.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (CON FUERZA DEFINITIVA)
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y evidenciándose de las mismas que por decisión en fecha 09 de Enero del 2026, este Tribunal Homologó la Transacción y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno en el lapso legal correspondiente, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Así se decide.
Publíquese la presente decisión en el sitio Web del Tribual Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.
La Juez,
Susana García de Malavé.
La Secretaria,
Aracelis Teresa Martínez
Exp. N° 17.938.
SGDM/Atm/lc.
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