REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 15 de Enero del 2.026.
215° y 166°

Exp. N° 17.981.

DEMANDANTE: SOR ELENA RAMOS, ROSELIS RAMOS DE RODRIGUEZ, YRAIMA RAMOS NÚÑEZ, GINA RAMOS NUÑEZ, SULIRMA RAMOS HERNÁNDEZ y YOEL RAMOS CEDEÑO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 4.951.830, 4.951.829, 5.876.615, 15.243.185, 4.951.831 y 11.440.041, respectivamente; las ciudadanas: SULIRMA DEL CARMEN RAMOS, representada por SOR ELENA RAMOS DE CHACIN e YRAIMA DEL VALLE RAMOS NUÑEZ, representada por su hija YRAIMA CAROLINA BRUGES RAMOS, C.I.N° 17.021.158.

DOMICILIO PROCESAL: Urbanización La viña, calle 6, casa N° 53, Carúpano Estado Sucre.

APODERADO JUDICIAL: Abogado PEDRO LUIS HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.240.

DEMANDADO: ALI SAMIH HAWI, titular de la Cédula de Identidad N° 24.392.441.

DOMICILIO PROCESAL: Edificio Mari, Pasaje Colón, Primer Piso, Oficina 8-A, Avenida Independencia Carúpano Estado Sucre.

APODERADO JUDICIAL: Abgs: VÍCTOR DÍAZ ORTÍZ y JORGE
ROCHE, inscritos en el Inpreabogado
Bajo los Nros: 23.150 y 260.780,
Respectivamente.

MOTIVO: DESALOJO Y DAÑOS Y PERJUICIOS.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en fecha 08 de Diciembre del 2.025, este Tribunal dictó Sentencia Interlocutoria donde se declaró Inadmisible la demanda, y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide.
Publíquese la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve
La Juez,

Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Aracelis Teresa Martínez.
SGDM/Atm/dr.
Exp. N° 17.981.