REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 16 de Octubre del 2.025.
215° y 166°
Exp. N° 17.937.
DEMANDANTE: LUCIANO ARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.435.845.
APODERADO: No otorgo.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyo
DEMANDADA: DAISY ALBERTA CEDEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.435.345
APODERADO: No Otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó.
MOTIVO: PERTURBACION A LA POSESION DEL PREDIO (Agrario).
SENTENCIA INTERLOCUTORIA Con Fuerza de Definitiva.
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y evidenciándose de las mismas que por decisión de fecha 25 de Julio de 2024, este Tribunal declaró INADMISIBLE la demanda y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno en el lapso legal correspondiente, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Así se decide. Publíquese la presente decisión en el sitio Web del Tribual Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.
La Juez,
Susana García de Malavé.- La Secretaria,
Aracelis Teresa Martínez.
Exp. N° 17.937.
SGDM/Atm/ym.
|