REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de 1ra. Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal Sección Adolescente del estado Táchira
San Cristóbal, 21 de Noviembre de 2025
215º y 166º
ASUNTO PRINCIPAL : SV21-D-2023-000108
ASUNTO : SV21-D-2023-000108
Visto el escrito presentado por la ciudadana ABG. ANGELA MAYOLY RAMIREZ SANCHEZ, en su condición de Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, solicitando se decrete EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de la causa a favor del adolescente para el momento de los hechos M.J.S.CH. (IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA); a quien se les investiga por la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos en el artículo 45 de la Reforma de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, literal “e”, esta Juzgadora para decidir observa:
DESCRIPCIÓN DEL HECHO
“En fecha 07 de Junio de 2023, la Unidad de Atención a la Victima del Ministerio Público, recibe denuncia por parte de la ciudadana ANNY RAMIREZ, quien denuncia a M.J.S.CH. .(IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA), ex pareja de su hija XG, a quien dejó embarazada, y por tal motivo empezaron los problemas quien decía a mi hija que abortara, y por tal motivo fue hablara con la madre del adolescente antes mencionado, en virtud de esta situación cada vez que ve a las víctimas, les acelera la moto, intimidándolas el día 06-06-2023, la ciudadana AR, se encontraba en su casa (demás datos se omiten por razones de ley) cuando llegó y se paró con su moto en todo el frente de su casa y empezó a acelerar la moto y como se encontraba sola en ese momento se llenó de nervios manifestando sentirse afectada emocionalmente”.-
Igualmente se deja constancia que la Fiscalía Decimo Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, realizó las siguientes diligencias:
Riela al folio uno (01), de las actas procesales ACTA DE DENUNCIA, de fecha 07 de Junio de 2023, emitida por el Fiscal Auxiliar Interina de la Fiscalía Decimo Séptima.-
Al folio dos (02), de las actas procesales, riela agregada ORDEN FISCAL DE INICIO DE INVESTIGACION, de fecha 07 de Junio de 2023, emitida por el Fiscal Auxiliar Interina de la Fiscalía Decimo Séptima del Ministerio Público.-
Al folio tres (03), de las actas procesales, riela agregada MEDIDAS DE PROTECCION Y DE SEGURIDAD, de fecha 07 de Junio de 2023, emitida por el Fiscal Auxiliar Interina de la Fiscalía Decimo Séptima del Ministerio Público.-
Al folio cuatro (04), de las actas procesales riela agregada ACTA FORMATO N° 003-16, de fecha 02 de mayo de 2025, practicado por la Defensoría Educativa de Niños, Niñas y Adolescentes, adscritos a la Zona Educativa Táchira; donde se expone el caso.-
A los folios cuatro (04) y cinco (05), de las actas procesales, rielan agregados OFICIOS DE SOLICITUD, emitidos por el Fiscalía Decima Séptima.-
Al folio seis (06), de las actas procesales, riela agregada OFICIO N° 20-F17-0355-2023, dirigido a la JUEZ DE CONTROL TRES SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, indicando la ORDEN FISCAL DE INICIO DE INVESTIGACIÓN, de fecha 09 de Junio de 2023, emitida por la FISCAL DECIMA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PUBLICO.-
Al folio siete (07), de las actas procesales riela agregada BOLETA DE NOTIFICACION, dirigida a la FISCAL DECIMA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PUBLICO, con fecha de recibido 15 de junio del año 2023, ,emitida por la JUZGADO DE CONTROL TRES SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA.-
Al folio ocho (08), de las actas procesales, riela agregada OFICIO N° 3C-868/2023, dirigido a la FISCAL DECIMA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PUBLICO, remitiendo cuatro (04) folios útiles, de fecha 04 de Diciembre de 2023.-
Al folio once (11), de las actas procesales, riela agregada OFICIO N° 3C-355/2023, dirigido a la JUEZ DE CONTROL TRES SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, indicando la ORDEN FISCAL DE INICIO DE INVESTIGACIÓN, de fecha 09 de Junio de 2023, emitida por la FISCAL DECIMA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PUBLICO.-
Al folio doce (12), de las actas procesales riela agregada AUTO DE ENTRADA, de fecha 14 de Junio de 2023, emitida por el JUZGADO DE CONTROL TRES SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA.-
Al folio trece (13), de las actas procesales, riela agregada BOLETA DE NOTIFICACIÓN, de fecha 14 de Junio de 2023, dirigida a la FISCAL DECIMA SEPTIMA DEL MINISTERIO PUBLICO ESPECIALIZADA EN RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO TACHIRA, emitida por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Estado Táchira.-
Al folio catorce (14), de las actas procesales riela agregada AUTO DE ENTRADA, de fecha 04 de Diciembre de 2023, emitida por el JUZGADO DE CONTROL TRES SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA.-
Al folio quince (15), de las actas procesales riela agregada SOLICITUD DE RESULTAS, de fecha 26 de Agosto del año 2024, dirigida a la INTAMUJER, emitida por la FISCAL DECIMA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PUBLICO.-
A los folios dieciséis (16), de las actas procesales rielan agregadas ACTA DE ENTREVISTAS, realizada a la ciudadana A R (demás datos se omiten por razones de ley).-
A los folios del diecisiete (17) al veinte (20), de las actas procesales riela agregada SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de fecha 17 de Noviembre del año 2025, dirigida a la JUEZ DE CONTROL TRES SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, emitida por la FISCAL DECIMA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PUBLICO.-
Al folio veintiuno (21), de las actas procesales riela agregada, OFICIO N° 20-F17-0799-2025, de fecha 17 de Noviembre del año 2025, dirigida a la JUEZ DE CONTROL TRES SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, remitiendo SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, emitida por la FISCAL DECIMA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PUBLICO.-
Al folio veintidós (22), de las actas procesales riela agregada AUTO DE ENTRADA, de fecha 18 de Noviembre de 2025, a la solicitud SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, emitida por el JUZGADO DE CONTROL TRES SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA.-
Ahora bien, cabe destacar que una vez planteada dicha solicitud Fiscal, resulta relevante destacar el contenido del artículo 561 literal “e” de la ley especial que regula la materia, el cual establece:
“Fin de la investigación. Finalizada la investigación, el Fiscal del Ministerio Público deberá: e. Solicitar el sobreseimiento provisional cuando resulte insuficiente lo actuado y no exista posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permita el ejercicio de la acción.”
Es por ello, que puede evidenciarse sin lugar a duda, de la revisión efectuada a las actuaciones remitidas a este Juzgado, que en efecto tal y como lo manifiesta la Representante del Ministerio Público, la investigación efectuada hasta la presente fecha, no arrojó suficientes elementos de convicción para intentar la correspondiente acción penal en contra del adolescente investigado, en virtud que la víctima no se practico el examen psiquiátrico-psicológico que le fue ordenado; por cuanto, aduce el Ministerio Público, que no se cuenta con suficientes elementos de convicción para intentar la correspondiente acción penal, sin contar con la posibilidad de incorporar nuevos elementos que permitan ejercer la acción debidamente; es por lo que considera esta Juzgadora, que en el presente caso se debe declarar con lugar el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL solicitado de la presente causa, a favor del adolescente para el momento de los hechos M.J.S.CH, a quien se le investiga por la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionado en el artículo 45 de la Reforma de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; de conformidad con lo establecido en el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes y así se decide.
Finalmente, se ordena notificar a las partes de la presente decisión y una vez firme la misma, se ordena remitir la causa a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en su oportunidad legal y así se decide.