REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRICPIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 10 de Noviembre del 2.025.
215° y 166°
Exp. N° 17.970.
DEMANDANTE: JUANA PAULA ALVINO VÁSQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 5.983.530.

APODERADO JUDICIAL: Abgs. GUALBERTO RÍOS y DOMINGO DEYAN, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 6.746 y 64.270 respectivamente.

DOMICILIO PROCESAL: Edificio Saladino, primer piso, oficina 06, calle Acosta cruce con Independencia, Carúpano Estado Sucre.

DEMANDADO: OSCAR JOSÉ ALBINO, titular de la Cédula de Identidad N° 11.970.712.

APODERADO JUDICIAL: Abgs. VÍCTOR DÍAZ y JORGE ROCHE, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 23.150 y 260.780, respectivamente.

DOMICILIO PROCESAL: Edificio Mari, Pasaje Colón, primer piso, oficina 8-A, avenida independencia, Carúpano Estado Sucre.

MOTIVO: SIMULACIÓN.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la diligencia suscrita por el abogado en ejercicio DOMINGO JOSÉ DEYAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.270, apoderado judicial de la parte demandante, en la cual renuncia expresamente a la prueba promovida en el capítulo sexto (VI), relativa a la experticia sobre el inmueble señalado en el libelo de la demanda, es por lo que este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la prueba promovida por la parte demandante en el capítulo sexto (VI), relativa a la experticia. Así se decide. Asimismo se ordena expedir las copias simples solicitadas de los folios 91 al 156 y vuelto, ambos inclusive. Cúmplase lo ordenado. Publíquese la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve
La Juez,

Susana García de Malavé.
La Secretaria,


Aracelis Teresa Martínez.


Exp. Nro. 17.970.
SGDM/Atm/dr.