REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA





JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRÉS ELOY BLANCO
DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. –
Casanay; 30 de Abril del 2025.
215° y 166°

Vencido como se encuentra el lapso de suspensión en que se encontraba la presente causa y vista la diligencia suscrita por el ciudadano Sandy Rojas Farías, abogado en ejercicio e inscrito en Inpreabogado bajo N° 48.614, en su carácter acreditado en los autos y visto en contenido de la misma se admite cuanto ha lugar en derecho.- En consecuencia, este tribunal visto lo manifestado por la parte actora donde manifiesta que recibió de la mano de la parte demandada los Trescientos Dólares Americanos (300$) ofrecido mediante acuerdo efectuado en fecha 17-02-2025, que corre inserto al folio 47 del presente expediente y en virtud que la parte demandada dio cumplimiento a lo acordado con la parte actora este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente Homologación a dicha transacción de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.- y Así se decide.-
Así mismo, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. - Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZA PROVISORIA,
Abg. MARISOL MUJICA. -
LA SECRETARIA,
Abg. CARMEN GONZALEZ. -
NOTA: En esta misma fecha (30-04-2025), se cumplió con lo ordenado. Conste. -
LA SECRETARIA,

Abg. CARMEN GONZALEZ.-

EXP: 24-294.-
MM/CG/bm.-