REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 12 de Agosto de 2.025.
215º y 166º.
Exp. N° 17.936.

DEMANDANTE: ALCELIS RAMON VILLARROEL, titular de la Cédula de Identidad N° 4. 294.006.

APODERADOS: No Otorgo.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyo.

DEMANDADOS: RONNY JOSE VILLARROEL GONZALEZ Y RONNA CAROLINA VILLARROEL GONZALEZ titulares de las Cédulas de Identidad Nos: 14.422.205 y 14.716.567. Respectivamente.

APODERADO: Abg. GERTRUDIS MARCANO inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41.982, Apoderada Judicial de la ciudadana RONNA VILLARROEL.

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyo.

MOTIVO: ACCION MERODECLARATIVA DE UNION ESTABLE DE HECHO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

Vista la diligencia suscrita por el ciudadano: ALCELIS RAMON VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.294.006, parte demandante en el presente juicio, asistido por el abogado en ejercicio JOSE UGAS inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.018, y visto igualmente el contenido de la misma en la cual Desistió del Procedimiento, es por lo que este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO suscrito de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo jurando la urgencia del caso, se ordena la devolución de los Documentos Originales solicitados, los cuales corren insertos a los folios del Ocho (08) al quince (15) y del documento que cursa a los folios Treinta (30) al Treinta y seis (36) del presente expediente, previa certificación de la copias en autos. Así se decide. Publíquese la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve
La Juez,



Susana García de Malavé

La Secretaria,




Aracelis Teresa Martínez.

Exp. Nro. 17.936.
SGDM/Atm/ym.