LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 28 de Abril del 2.025
215° y 165°
Solicitud 5725.

DEMANDANTE: ROGER DAVID MARTINEZ HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad No: 7.615.237. en su carácter de Apoderado Judicial de Hacienda San José C:A.

APODERADO: No Otorgó Poder

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyo.


MOTIVO: MEDIDA DE PROTECCIÓN AL CULTIVO

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (CON FUERZA DEFINITIVA).


Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y evidenciándose de las mismas que por decisión de fecha 17 de Marzo de 2.023, este Tribunal Declara INADMISIBLE la solicitud por medida de Protección al Cultivo y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno en el lapso legal correspondiente, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.Así se decide. Publíquese la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve
La Juez,

Susana García de Malavé.
La Secretaria,


Aracelis Teresa Martínez
Solicitud N° 5.725.
SGDM/Atm/lc