LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 15 de Octubre de 2024
214° y 165°
Exp. N° 17.919.
DEMANDANTE: FRANCISCO JOSE YEGUEZ LEON, titular de la Cédula de Identidad N° 3.957.702
APODERADO JUDICIAL: No otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó.
DEMANDADO: MARIANELA TRINIDAD GARCIA MAZA DE ALIENDRES, titular de la Cédula de Identidad N°5.859.869
APODERADO JUDICIAL: No otorgo poder.
DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.
MOTIVO: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y evidenciándose de las mismas que por decisión de fecha 12 de Marzo del 2024, este Tribunal NIEGA LA ADMISION de la demanda y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno en el lapso legal correspondiente, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.- Así se decide.
Publíquese, la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve
La Juez,
La Secretaria
Susana García de Malavé.-
Exp. N° 17.919. Aracelis Teresa Martínez.
SGDM/atm/lc.-
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