REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRICPIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 15 de Octubre del 2.024.
214° y 165°

Exp. N° 17.760

DEMANDANTE: JULIA MARÍA ÁLVAREZ TINEO, titular de la Cédula de Identidad N° 21.379.826.

APODERADO: Abg. WILMAL ZAPATA PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.572.

DOMICILIO PROCESAL: Avenida Independencia Bloques Del Mangle, Bloque 2, piso 03, Apartamento 03-03, Carúpano Estado Sucre.

DEMANDADOS: YURELIS RAMÍREZ y FÉLIX RAMÍREZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 21.379.152 y 21.379.153, respectivamente.

APODERADO: No Otorgaron Poder.

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyeron.

MOTIVO: RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO (AGRARIO).

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en fecha 05 de Marzo del 2.020, este Tribunal dictó Sentencia Interlocutoria donde se declaró Inadmisible la Demanda, y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide.
Publíquese, la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve
La Juez,

Susana García de Malavé. La Secretaria,


Aracelis Teresa Martínez.









SGDM/Atm/dr.
Exp. N° 17.760.