LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 13 de Diciembre del 2.024
214° y 165°
Exp. N° 17.903.
DEMANDANTE: LIZANDRO JOSE SALAZAR, titular de la Cédula de Identidad Nos. 6.953.464

APODERADO: No Otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó

DEMANDADO: MAR PROFUNDO C.A

APODERADO: No Otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó.

MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (Con Fuerza de Definitiva)

Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y evidenciándose de las mismas, que por decisión en fecha 04 de Octubre del 2024, este Tribunal dictó Sentencia Interlocutoria (Con fuerza definitiva) donde declaró LA EXTINSIÓN DEL PROCESO POR PERDIDA DE INTERÉS, y por cuanto las partes no ejercieron recurso alguno en el lapso legal correspondiente contra la decisión dictada, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Así se decide. Publíquese la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.
La Juez,
La Secretaria,
Susana García de Malavé.

Exp. N° 17.903. Aracelis Martínez
SGDM/Am/wv.-