REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 21 de Noviembre del 2.023.
213° y 163°
Exp. N° 17.811.
DEMANDANTE: Abg. GUALBERTO RÍOS VALLEJO, titular de la Cédula de Identidad N° 3.136.963, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.746.
APODERADO JUDICIAL: No otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: Edificio Saladino, Primer Piso, oficina 06, Calle Acosta cruce con la Avenida Independencia, Carúpano Estado Sucre.
DEMANDADA: ONEIDA ALEJANDRA LEÓN RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 16.842.682.
APODERADO JUDICIAL: No otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: Canchunchú Viejo, Sector I al final de la Calle Páez al final de Canchunchú Viejo, Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre.
MOTIVO: INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES EXTRA JUDICIALES.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en fecha 30 de Septiembre del 2.022, este Tribunal dictó Sentencia Definitiva en el presente juicio, donde se declaró Sin Lugar la Demanda, ejerciendo la parte demandante recurso de apelando contra la sentencia dictada y por cuanto la parte actora desistió por ante el Juzgado Superior de la apelación formulada, quedando firme la decisión dictada por este Tribunal, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide. Publíquese, la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.
La Juez,
La Secretaria,
Susana García de Malavé.
Francis Vargas Campos.
SGDM/Fvc/dr.
Exp. N° 17.811.
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