LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 01 de marzo de 2.023.-
212° y 163º
Exp. N° 17.774
DEMANDANTE: CARMEN AMALIA RUSSIAN y SANTIAGO JUAN YRIARTE RUSSIAN, Titulares de las cédulas de Identidad Nros. 2.663.309 y 8.871.030, respectivamente.
DOMICILIO PROCESAL: Casa RA, Calle 1, Urbanización la Viña, Carúpano Estado Sucre.
APODERADO: JOSE GABRIEL ALCALA Y MARCOS ANTONIO DETTIN, Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 57.018 y 93.463, respectivamente
DEMANDADO: DILIA MARGARITA MOYA REVETTI, titular de la Cédula de Identidad N° 6.958.663.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó
APODERADO: No Otorgó Poder
MOTIVO: RETRACTO LEGAL
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en fecha 16 de Febrero del 2.023, este Tribunal dictó Sentencia Interlocutoria donde se HOMOLOGO el CONVENIMIENTO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del código De Procedimiento Civil, Realizado por las partes intervinientes en el presente juicio, ciudadanos SANTIAGO JUAN YRIARTE Y DILIA MARGARITA MOYA REVETTI, Venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nros: 8.871.030 y 6.958.663, respectivamente, y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide. Publíquese la presente decisión en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.-
La Juez,
Susana García de Malavé.
La Secretaria,
Francis Vargas Campos.
Exp. Nro. 17.774
SGDM/Fvc/am.
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